LA JUSTICIA NOS DIO LA RAZÓN: CONVERGENCIA SUFRIÓ OTRO REVÉS JUDICIAL. EL PJ MISIONES SIGUE AVANZANDO
El Juzgado Federal rechazó los planteos de la línea interna Convergencia y respaldó la validez del Congreso Provincial del PJ Misiones.
La Justicia Federal de Posadas volvió a pronunciarse sobre la disputa interna del Partido Justicialista de Misiones y rechazó las dos pretensiones promovidas por Ester Cristina Bernal y Raúl Andrés Moriconi.
La resolución no hizo lugar al reconocimiento del Congreso Provincial autoconvocado del 24 de mayo de 2026 y también rechazó el pedido de nulidad de la convocatoria realizada por el Consejo Político Provincial y del Congreso Provincial celebrado el 20 de junio.
El pronunciamiento representa un nuevo revés judicial para la línea interna Convergencia y un respaldo al proceso institucional llevado adelante por la conducción del PJ Misiones.
LA JUSTICIA RESPALDÓ EL CONGRESO DEL 20 DE JUNIO
Uno de los puntos centrales de la resolución es la validez del Congreso Provincial realizado el 20 de junio.
El Juzgado señala que participaron 98 congresales electos sobre un total de 179, por lo que el Congreso Provincial quedó válidamente constituido con el quórum necesario para sesionar.
En esa instancia se procedió a la incorporación de los congresales electos y a la elección de las autoridades del órgano partidario, que tuvo como resultado la proclamación de Walter Mierez como presidente del órgano.
La Justicia consideró que la convocatoria había sido realizada por el Consejo Partidario dentro de las facultades establecidas por la Carta Orgánica.
De hecho, el fallo afirma expresamente que la convocatoria fue realizada “en ejercicio de las atribuciones propias y exclusivas conferidas por la Carta Orgánica Partidaria”.
Y agrega que esas circunstancias “excluyen la existencia de irregularidades con entidad suficiente para invalidar el acto”.
EL CONGRESO AUTOCONVOCADO DE CONVERGENCIA NO FUE RECONOCIDO
La resolución también analiza la reunión realizada el 24 de mayo por un grupo de congresales que pretendía obtener el reconocimiento judicial de ese encuentro como Congreso Provincial.
El Juzgado rechazó esa pretensión.
El fallo explica que la normativa partidaria contempla la posibilidad de que un tercio de los miembros solicite una convocatoria extraordinaria, pero establece una diferencia fundamental entre solicitar y convocar.
En términos del fallo: “solicitar no equivale a convocar”, ya que la convocatoria debe ser realizada por el órgano que tiene esa facultad conforme a la normativa partidaria.
Por esa razón, el Tribunal concluyó que no correspondía reconocer validez a la asamblea celebrada el 24 de mayo ni a las decisiones adoptadas en ella.
DOS PLANTEOS DE CONVERGENCIA, DOS RECHAZOS
La parte resolutiva del fallo es contundente.
El Juzgado resolvió:
I) No hacer lugar a la solicitud de reconocimiento del Congreso Provincial autoconvocado del Partido Justicialista, celebrado el 24 de mayo de 2026.
II) No hacer lugar a la solicitud de nulidad de la convocatoria efectuada por el Consejo Político Provincial ni del Congreso Provincial llevado a cabo el 20 de junio de 2026.
De esta manera, la Justicia rechazó los dos planteos centrales que cuestionaban el proceso institucional del PJ Misiones.
UN RESPALDO AL CAMINO INSTITUCIONAL
El fallo se produce en el marco del proceso de reorganización del Partido Justicialista de Misiones, que en abril de 2026 volvió a celebrar elecciones internas después de más de veinte años.
La resolución judicial respalda el funcionamiento de los órganos partidarios y la aplicación de los procedimientos previstos por la Carta Orgánica.
Para la conducción encabezada por Christian Humada, el pronunciamiento constituye un nuevo respaldo al camino institucional iniciado para reorganizar y fortalecer al Partido Justicialista de Misiones.
La Justicia se pronunció.
Convergencia sufrió otro revés judicial.
La institucionalidad fue ratificada y el PJ Misiones sigue avanzando.